octubre 18, 2012

"I SEMANA DE LA ALIMENTACION ESCOLAR"
 
 
El Día Mundial de la Alimentación fue establecido por países miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO, por sus siglas en inglés), en su sesión número 20 en noviembre de 1979 y que, desde entonces, el 16 de octubre de cada año se celebra en más de 150 países el Día Mundial de la Alimentación;
 
Que la práctica del lavado de manos con jabón encabeza la agenda internacional de higiene el 15 de octubre, con la celebración del Día Mundial del Lavado de Manos. Desde sus inicios en el 2008, año que fue designado el Año Internacional del Saneamiento por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el Día Mundial del Lavado de Manos ha estado reforzando el llamado de extender mejores prácticas de higiene en todo el mundo;
 
Que en la Vigésima Novena Reunión Nacional Plenaria Ordinaria del Consejo Nacional de Autoridades Educativas (CONAEDU), celebrada el 1 de junio de 2012 en México, Distrito Federal, se acordó que las autoridades educativas estatales promoverán la participación de la comunidad escolar (directivos, profesores, estudiantes y padres de familia) en las acciones previstas en la Semana Nacional dela Alimentación Escolar que se realizará del 15 al 19 de octubre de 2012, y
 
 
Que en razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
 
ACUERDO NÚMERO POR EL QUE SE INSTITUYE LA SEMANA NACIONAL DE LA ALIMENTACIÓN ESCOLAR
 
ARTÍCULO 1o.-Se instituye la Semana Nacional de la Alimentación Escolar que tendrá por objeto:
 
      I.        Fomentar la educación en materia de nutrición y estimular la educación física y la práctica del deporte;
     II.        Combatir la desnutrición mediante la promoción de una alimentación adecuada;
 
    III.        Abatir y prevenir el sobrepeso y la obesidad infantil y juvenil;
 
  IV.        Promover el lavado de manos, y
 
   V.        Desarrollar una plataforma nacional y regional que permita el intercambio de buenas prácticas en materia de alimentación con los estados de la República y países de la región.
 
 
ARTÍCULO 2o.- La Semana Nacional dela Alimentación Escolar se desarrollará cada añodurante la semanadel mes de octubre que comprenda los días 15 y 16 de ese mes.
 
 
ARTÍCULO 3o.- La Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal elaborará un programa de actividades a desarrollar durante la Semana Nacional de laAlimentación Escolar e invitará a participar en dichas actividades a dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a organizaciones de la sociedad civil y, particularmente, buscará involucrar en los programas de promoción de la actividad física y alimentación a las autoridades encargadas de las plazas, parques, jardines, áreas verdes y deportivas y demás espacios públicos destinados al uso y disfrute de la comunidad.
 
Asimismo, a través del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, se convocará a las autoridades educativas localesinteresadas paraque participen de manera temporal o permanente en las actividades de la Semana Nacional de laAlimentación Escolar.
 
 
ARTÍCULO 4o.- La coordinación de la Semana Nacional de la Alimentación Escolar estará a cargo de los servidores públicos de la Secretaría de Educación Públicadel Gobierno Federal que el Secretario determine.